• Quiero
    posicionar
    mi web

    Coste del servicio: 2.100 €

    Con tu subvención de la CAM por sólo 210 €

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    • Formación

      Aprenderás a usar las herramientas más adecuadas para potenciar tu negocio
    • Auditoría de la web

      Nuestros expertos harán un análisis completo
    • Estrategia global de marketing

      Hablamos de tu proyecto para definir un plan de éxito
    • Estudio y selección de palabras clave

      Optimizando la relevancia dentro de tu sector
    • Optimización de tu web para SEO

      Implementar los elementos técnicos de programación
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  • Quiero
    destacar sobre mi
    competencia

    Coste del servicio: 2.400 €

    Con tu subvención de la CAM por sólo 240 €

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      Diseño atractivo y estrategias para captar a tu público
    • Google Adwords

      Incluye consultoría
      + 150 € de crédito a gastar en clics
    • Facebook Ads

      Incluye cuota de inicio
      + 75 € de crédito a gastar en clics
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      Incluye coste de instalación
      + 75 € de crédito a gastar en clics
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  • Quiero
    vender
    más

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    Con tu subvención de la CAM por sólo 290 €

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    • Google Adwords

      Incluye consultoría
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    • Facebook Ads

      Incluye cuota de inicio
      + 150 € de crédito a gastar en clics
    • Re-targetting

      Incluye coste de instalación
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    • Marketing de afiliación

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      El resto de los costes, a éxito
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Requisitos de la subvención

  • ¿Quién se puede beneficiar de la subvención?

    Autónomos y pequeñas empresas de hasta 50 trabajadores, que estén al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social y que tengan el domicilio social o fiscal o dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

    ¿De qué cuantía es la subvención?

    La cuantía de la subvención asciende al 90 % del coste de la totalidad de los servicios recibidos objeto de la subvención, I.V.A. excluido, con un límite de 3.000 euros.

  • ¿Qué se subvenciona?

    La formación en especialidades de marketing online.

    • ­Marketing en buscadores, referida a algunos de los siguientes contenidos:
    • Introducción al marketing en buscadores (SEO y SEM).
    • Introducción al SEO.
    • Implementación de proyectos SEO.
    • Gestión de campañas SEM.
    • Google Google Adwords.
    • Introducción a la analítica web

    La implementación de comercio online.

    • Marketing y ventas en Internet.
    • Canales de venta online.
    • Medios de pago online.
  • ¿Cuáles son los plazos?

    • Presentación de las solicitudes para la subvención

      Hasta el 15 de noviembre de 2013. Ampliado hasta el 2 Diciembre 2013

    • Inicio de la actividad objeto de subvención

      Hasta el 15 de noviembre de 2013. Ampliado hasta el 2 Diciembre 2013

    • Finalización de la actividad objeto de subvención

      Antes del 10 de diciembre de 2013

    • Resolución de la subvención

      En un plazo máximo de 3 meses desde la entrada de las solicitudes en el registro de la CAM

    • Presentación de la documentación que acredite la realización de la actividad objeto de la subvención

      Se determinará en la Orden de Resolución normalmente en un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la Orden de Resolución

    • Pago de la subvención

      Se determinará en la Orden de Resolución, normalmente en un plazo de 3 meses desde la publicación de la Orden de Resolución

  • ¿Qué documentación debo presentar?

    Autónomos

    • Documento identidad
    • Acreditación de situación Autónomo o
    • Alta en Colegio Profesional
    • Certificado indicando la descripción detallada del servicio objeto de subvención. *
      * Aportado por Primerasposiciones

    Empresas

    • Documento identidad del Representante
    • Tarjeta identificación fiscal
    • Escritura inscrita en Registro Mercantil
    • Certificado indicando la descripción detallada del servicio objeto de subvención. *
      * Aportado por Primerasposiciones
  • ¿Dónde debo presentar la solicitud?

    La solicitud puede presentarse de manera presencial o por Internet:

    De forma presencial:

    • En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

    Por internet:

    • A través del Registro Telemático de la Consejería. Es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
      En el apartado “Gestión” de la página web de la Comunidad, se encuentra la opción de “Internet” que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
  • ¿Cómo es el procedimiento de resolución de las subvenciones?

    El procedimiento de concesión de las subvenciones se realizará mediante concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de prelación de las solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos, la fecha de presentación en el registro dentro del plazo establecido en la convocatoria, otorgándose la subvención a aquellas que se encuentren dentro de los límites del crédito disponible en la convocatoria y siendo denegadas el resto.

    La Orden de concesión determinará la cuantía de la subvención, la forma de abono, plazo de justificación y demás circunstancias exigibles para el cobro de la misma, recursos y cualesquiera otras condiciones particulares que deban cumplir los beneficiarios.

    La Orden concediendo o denegando la subvención solicitada se publicará en el tablón de anuncios de la sede de la Dirección General de Formación, sita en c/ Vía Lusitana número 21 de Madrid, y en la página institucional www.emprendelo.es

  • ¿Cómo se justifica la actividad realizada?

    Con carácter general, todos los beneficiarios deberán presentar los siguientes documentos justificativos:

    • Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente de obligaciones en materia de tributos.
    • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente de obligaciones frente a la Seguridad Social.

    Los beneficiarios de la subvención, junto con la documentación general, deberán presentar la siguiente documentación específica:

    • Memoria descriptiva de los servicios efectivamente realizados, con expresión de la entidad que los ha prestado y fecha de realización de los mismos, con indicación del personal de la entidad beneficiaria que los ha recibido, acompañada de un certificado emitido por la entidad que ha prestado el servicio en el que se detalle de manera completa y exhaustiva el contenido de la formación impartida o de los trabajos realizados.
    • Copia compulsada previo estampillado del original, de las facturas efectivamente abonadas, que refleje un desglose claro de los conceptos de gasto, fecha de realización de las actividades, contenido de las mismas y relación del personal participante.
    • Certificado de la entidad que ha prestado el servicio haciendo constar su objeto social y el tiempo que llevan prestando su actividad.
    • Las facturas deberán acompañarse del justificante de pago correspondiente mediante la aportación del extracto o certificado de la entidad financiera en el que deberá figurar el beneficiario como titular de la cuenta de origen y el emisor de la factura como destinatario de la transferencia.

Para mas información sobre esta subvención visita: Comunidad de Madrid | Consejería de Empleo, Turismo y Cultura